En los últimos dos años, el incremento de personas que salen del país en condición de cambio de residencia ha sido visible pero, además, la no planificación y a última hora pretenden sacar a un menor de edad con solo el correo de autorización de parol es errada. Las líneas aéreas no están vendiendo pasajes a menores que tienen parol autorizado sin que tengan autorización judicial para salir del país. Afirmado por personas que ya están en esos trámites.
La recomendación que damos como juristas es que si usted tiene planificado viajar para cambio de residencia inicie desde antes los trámites judiciales para que los menores de edad tengan el respaldo jurídico en el país que será el nuevo destino. Es costumbre salir sin planificar, y dejamos todos nuestros asuntos de propiedad, familia y bancarios sin haber realizado los ajustes correspondientes.
El presente articulo técnico pretende aborda específicamente, la tramitación para menores de edad que no viajan con sus padres. En primer lugar, el representante legal de un menor son los padres aun divorciados. Ambos comparten la autoridad parental antes llamada patria potestad. Sin embargo, los tribunales de familia se encuentran con demandas interpuestas de manera errónea, fijando como pretensión la perdida de la autoridad parental como principal, alegándose la ausencia paterna, que no permite ejercer a plenitud el cuido y crianza. Este error es una constante de los litigantes actualmente. Sin embargo, queremos dar luces y apoyar a esas familias que desean sacar a sus hijos de forma legal. En segundo lugar, lo correcto es solicitar pretensión de Cuido y Crianza, Nombramiento de tutor y autorización judicial para salir del país. El interponer la suspensión, o la perdida de autoridad parental no será aceptada por la autoridad judicial, puesto que ante la ausencia no significa, desconocimiento de su paradero. Si existe domicilio en país extranjero no es por tanto una persona con paradero desconocido. Y no es recomendable que ambos padres, aunque estén divorciados no cooperen para ceder temporalmente el cuido y crianza a alguien que será su tutor temporal. Es fácil demostrar en juicio que alguien ha salido del país, con un oficio que se ordene a migración y extranjería para mostrar los movimientos migratorios de tal persona. Un menor nicaragüense, no puede salir del país sin autorización de ambos progenitores por medio de un permiso de salida notariado donde ambos padres comparecen. Por tanto, recomendamos que antes de pedir el parol (beneficio humanitario de EEUU a Nicaragua), deberá de ante mano asesarse con abogados especialistas en familia. Y antes de ingresar solicitud de parol se aconseja desde ya tramitar la solicitud de tutor y autorización judicial en los tribunales correspondientes. ¡¡¡Si te interesa saber más escríbenos!!!