Publicado en Artículos de interés, Derecho de Familia

Puedo irme del país con un menor?

PERMISO DE SALIDA DEL PAIS, NO AUTORIZA CAMBIO DE RESIDENCIA

La respuesta es positiva. Siempre y cuando usted tramite un permiso de salida de menor de edad para niños nicaragüenses.

El tema de hoy a abordar es el alcance de un permiso de salida de los infantes por parte de sus padres.

En la realidad actual del país, donde el flujo migratorio del nicaragüense se ha triplicado en los últimos cinco años, es necesario hablar del permiso de salida de menores de edad.

El permiso de salida es una escritura pública donde se refleja la voluntad de los padres de informar a las autoridades migratorias que menores de edad saldrán de forma legal del país. Es por ello un documento que garantiza la seguridad jurídica del hijo viajero, frente a tráfico humano, por lo que se debe demostrar ante las autoridades migratorias, que el menor de edad tiene representantes legales que son sus custodios, en este caso sus padres.

En la actualidad se esta dando un fenómeno inusual, que consiste que el padre que sale legalmente con visado de menor, su objetivo en algunas ocasiones no es el turismo sino cambiar de residencia e instalarse en país extranjero. Evidentemente el permiso de salida realiza la función de legitimidad de viaje del menor, pero no es documento que habilite a uno de los progenitores a cambiar de residencia sin la autorización del otro progenitor, incurriendo en lo que se conoce como retención de menores de forma indebida.

En la actualidad las autoridades han flexibilizado y mejorado la atención en las oficinas de migración. Ante la dificultad de sacar del país a un menor sin la autorización del progenitor que esta fuera del país, ahora basta presentar el movimiento migratorio reciente a un notario encargado de realizar la escritura de permiso y así dejar constancia en la escritura pública.

El solicitante se presenta con el testimonio de permiso de salida, más el movimiento migratorio de su pareja indicando que no se encuentra en el país, agregando a la documentación los certificados de nacimiento ya relacionados en la escritura pública.

Es importante recalcar que el notario, al momento de expedir el testimonio del permiso, en el “paso ante mi” deberá indicar que es a solicitud del cónyuge que vive en Nicaragua, y no por ambos progenitores. Porque se comprueba que dicho permiso solo ha sido solicitado por uno de los progenitores ante la ausencia del otro.

Finalmente recordar que sacar legalmente a un menor de edad, NO le otorga autorización para CAMBIAR DE RESIDENCIA sin que exista previo acuerdo por escrito entre ambos progenitores, o una sentencia que declare la voluntad de ambos padres para cambio de residencia de los hijos, puesto que sería una retención indebida de menores de parte de uno de los progenitores.  

Espero sea de utilidad le saludo querido lector.

Autor:

Formación, promoción, desarrollo e investigacion sobre Bioética

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